Aprobado por el Comité Directivo en fecha 12 de agosto 2016.
Artículo 1.
Los objetivos del seminario son:
– Reflexionar sobre las experiencias mexicanas más destacadas de manejo sustentable de territorios y recursos naturales, incluyendo el manejo de la biodiversidad.
– Promover activamente la participación tanto de académicos como de integrantes de instituciones gubernamentales, así como de organismos civiles y sociales involucrados con el tema.
– Discutir las propuestas más relevantes en el campo de la concepción de los socio-ecosistemas, la gobernanza ambiental y el cambio ambiental global, con énfasis en el tema de cambio ambiental global.
– Difundir, debatir y visibilizar las experiencias de uso y manejo sustentable de territorios y recursos naturales, incluyendo la biodiversidad.
– Conocer experiencias e iniciativas internacionales relevantes para los problemas considerados.
– Estudiar y analizar los retos de distinto orden que enfrentan las iniciativas de uso y manejo sostenible de los territorios y recursos naturales, incluyendo la biodiversidad.
– Generar elementos útiles para el diseño de políticas públicas y estrategias en torno a la gobernanza socio-ambiental.
Artículo 2.
El Seminario contará con las siguientes instancias de organización y operación:
– Un Coordinador del Seminario, nombrado y removido libremente por el Rector;
– Un Secretario Técnico, que dará seguimiento a los trabajos de organización e investigación.
– Un Grupo Académico de Trabajo, conformado por docentes e investigadores especializados en la materia.
– Se contará con un Comité Asesor y, para determinadas tareas, se podrán formar comisiones específicas de trabajo.
Artículo 3.
Las instancias de organización y operación del Seminario, tendrán las siguientes funciones:
– Establecer reuniones periódicas entre sus miembros;
– Solicitar contribuciones escritas de sus miembros sobre temas relacionados con el Seminario;
– Propiciar la participación de otros miembros de la comunidad universitaria para la producción de materiales académicos relacionados con los temas del Seminario;
– Promover conferencias, cursos, diplomados y reuniones de carácter nacional e internacional sobre asuntos relativos a los temas del Seminario;
– Difundir temas de interés del Seminario mediante artículos de divulgación, programas de radio, televisión e internet, y
– Gestionar la obtención de recursos adicionales para apoyar sus programas y acciones de trabajo.
– La Secretaría Administrativa revisará en forma anual el presupuesto a otorgar al Seminario para satisfacer los requerimientos esenciales destinados al funcionamiento satisfactorio del Seminario.
Artículo 4.
El Coordinador del Seminario será designado y removido libremente por el Rector y durará en el cargo tres años, pudiendo ser designado para un segundo período.
Artículo 5.
El Secretario Técnico será designado a cargo del Secretario de Desarrollo Institucional, a propuesta del Coordinador del Seminario.
Artículo 6.
El Grupo Académico de Trabajo del Seminario estará integrado por ocho reconocidos especialistas nacionales o internacionales especialistas en temas de gobernanza ambiental. En la selección de sus miembros, se cuidará que el Grupo Académico de Trabajo garantice la transdisciplina.
Artículo 7.
Para la integración de nuevos integrantes al Grupo Académico de Trabajo, se enviará el currículum propuesto por alguno de los integrantes y se someterá a consideración del resto. Si hay acuerdo unánime, le persona propuesta se integrará al Grupo Académico de Trabajo.
Artículo 8.
Para el cumplimiento de los objetivos del Seminario, establecidos en el Artículo 1 de este Reglamento:
– Se publicarán materiales tanto de investigación como de difusión resultantes de las actividades del Seminario.
– Se organizarán foros, conferencias, cursos, seminarios, diplomados, y otras actividades dirigidas a especialistas y al público en general, relacionadas con la gobernanza socio-ambiental.
Artículo 9.
Este Reglamento podrá ser modificado por el acuerdo de la mitad más uno de los integrantes del Grupo Académico de Trabajo.
Transitorio
Único. Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.