16 de febrero 2018
Objetivos del Foro:

El foro buscaba entender el desarrollo inmobiliario reciente y sus afectaciones -particularmente en la periferia de Ciudad Universitaria-, así como su impacto en el patrimonio mundial del Campus Central, ello a raíz de una explosión de edificaciones de gran altura –derivadas de las nuevas políticas públicas para la re-densificación y la compactación urbana- en zonas cercanas o insertas en sitios patrimoniales. Se analizaron los efectos de este tipo de desarrollo en la carga de servicios urbanos, derechos sociales, medio ambiente y el paisaje, ya que éstos no han sido evaluados en su totalidad, lo cual puede poner en peligro la sostenibilidad de la ciudad, los derechos humanos de sus habitantes y en riesgo a sus sitios históricos. Es así que se consideró necesario entender el desarrollo urbano bajo marcos más humanos, en equilibrio con el medio ambiente y sus áreas verdes, sostenibles en cuanto a los servicios, manteniendo y/o elevando la calidad de vida de los habitantes de la ciudad y preservando su riqueza patrimonial.

Mesa 1. Normatividad Urbana y Derechos Humanos
Conclusiones
  1. Dentro del marco constitucional mexicano, tal como lo reconoce el artículo 1° de nuestra Constitución, todas las autoridades del Estado -incluyendo las de planificación urbana local -tienen la obligación de apegarse a las normas y derechos establecidos en la Constitución y los tratados internacionales y no sólo a lo que establece la normatividad urbana local y federal.
  2. Las normas de regulación urbana de la ciudad de México, incluyendo al plan Delegacional de Coyoacán, no son compatibles con la declaratoria del Campus Universitario como patrimonio mundial (UNESCO) basada en la Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural. Por ese motivo, el Plan Delegacional de Coyoacán vigente está afectado por un problema de inconstitucionalidad e inconvencionalidad.
  3. Todas las autoridades del Estado mexicano tienen la obligación de hacer compatibles las normas locales con los límites de la zona de la UNAM declarada como patrimonio cultural de la humanidad en 2007, circunstancia que no ha ocurrido.
  4. Ninguna norma relativa al diseño y planeación urbana de la ciudad de México hace referencia a la declaratoria de protección del campus central universitario como parte del patrimonio mundial establecido por la UNESCO.
  5. El derecho humano a la cultura se puede subdividir en tres elementos principales: derecho que tiene toda persona a la creación artística y cultural; el derecho que tiene toda persona de acceder a bienes culturales y; el derecho que tiene toda persona a que sea protegido el patrimonio cultural.
  6. Que en México exista desconocimiento de este derecho -y su contenido- y que prevalezca una situación de debilidad institucional para la protección del mismo, no significa que no existan normas vinculantes que protegen ese derecho y que deban ser observadas por las autoridades y los ciudadanos. Además de la Convención sobre la protección del patrimonio mundial, en México existe una Ley Federal de Zonas y Monumentos artísticos. Con base en dicha ley (art. 42), la UNAM fue declarada zona de monumentos artísticos de nuestro país. El edificio de BeGrand, así como los permisos que habilitan su construcción, podrían estar violando esta ley y declaratoria en el caso de que no contaran con los permisos correspondientes del Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA). Si no hay autorización del INBA de la construcción, la obra tendría un vicio de ilegalidad. Además, la construcción estaría violando el contenido del derecho a la consulta en lo que se refiere a sus elementos b) y c) arriba señalados.
  7. El actual Plan de Desarrollo delegacional de Coyoacán (vigente desde 2010) no contempla el decreto nacional de zona de monumentos (que es de 2005) ni tampoco contempla la Declaratoria de UNESCO de 2007.
  8. La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) no ha podido obtener los documentos ni los dictámenes que permitieron a la empresa Be Grand transitar de un tipo de zonificación base al tipo de zonificación HM440 con base en el cual se argumenta poder construir 27 niveles.
  9. A la PAOT le interesa sumarse a la defensa de la Universidad ya sea sumándose al esfuerzo de la UNAM o asesorando a los vecinos a través de un litigio estratégico.
  10. En la exposición de motivos de las modificaciones a la actual Ley de Vivienda se señaló que el cambio de la política de construcción de viviendas en la periferia de las ciudades por el de la re-densificación de las áreas centrales tiene como uno de sus objetivos principales beneficiar a la población, y en especial a la clase trabajadora, cuyos integrantes se han visto obligados a adquirir sus casas lejos de sus centros de trabajo -debido a los aumentos del precio del suelo- teniendo en ocasiones que utilizar hasta cuatro horas diarias de transporte entre sus casas y sus centros de trabajo. Se señaló que ese objetivo de la ley de beneficiar a los sectores populares ha sido un rotundo fracaso. Las constructoras que hoy densifican las zonas centrales de la ciudad, con servicios, están construyendo vivienda media y de lujo cuyos precios son inalcanzables para los trabajadores. Además, los edificios que hoy construyen las inmobiliarias tienen afectaciones sobre los barrios tradicionales, aumentando los prediales y comprometiendo aún más los bienes comunes y servicios (agua, transporte, áreas verdes) por lo que muchas personas se ven obligadas a vender sus predios y abandonar sus barrios. Se señaló qué bajo el actual esquema de construcción de vivienda en la Ciudad de México, basado en el negocio de las inmobiliarias, densificación es igual a gentrificación.
  11. Se propuso crear un espacio universitario de análisis interdisciplinario que tenga como objetivo principal revisar el papel que hoy están desempeñando los instrumentos previstos en la ley relativos a los Polígonos de actuación y a la transferencia de potencialidades. Se adelantó que se trata de herramientas legales opacas que en muchas ocasiones permiten desarrollar inmensas construcciones donde no es conveniente ni posible. También se señaló que dichas normas están basadas en una racionalidad instrumental, de corte tecnocrático cuyos criterios principales son los niveles edificables, áreas constructivas y metros cuadrados de estacionamiento, dejando fuera las necesidades de las personas y sus derechos. Se señaló que la legalidad parece que solo regula edificios y calles cuando lo que se debería privilegiar es la vida digna de las personas y sus derechos y no sólo los de esta generación sino de las siguientes por lo que los criterios de sustentabilidad también deberían estar en primer lugar.
  12. Se recordó que el nuevo marco constitucional de la Ciudad de México (aunque aún no entra en vigor) es el del derecho a la ciudad, cuyo objetivo fundamental es poner a las personas, su vida digna y sus derechos por encima de la racionalidad técnica. Se enfatizó que se debería velar porque los nuevos marcos legales en materia urbana estuvieran diseñados para construir una ciudad para las personas y no principalmente una ciudad para la acumulación de riqueza.
  13. Se hizo mucho énfasis en que el Estado Mexicano va a incurrir en responsabilidad internacional si no se cumple con lo establecido por la declaratoria del campus universitario como patrimonio mundial. Se recordó que para obtener dicho reconocimiento, México le quitó la oportunidad a otros países de obtenerlo, en tanto sólo se otorga una vez al año. A partir de haberlo logrado, México se comprometió ante la comunidad internacional, y ante las Naciones Unidas, a proteger el campus universitario como patrimonio mundial. Si no lo hace, el Estado mexicano podría violar el derecho internacional de los derechos humanos y ser acusado de incurrir en responsabilidad internacional, a la vez que perder el reconocimiento que la UNAM obtuvo.
  14. Se subrayó en la mesa, que el caso de BeGrand no es el único en el que constructoras están incurriendo en la violación de derechos humanos. Por ello se destacó la conveniencia de abrir espacios de reflexión más amplios en los que se pudiera hacer análisis y seguimiento sobre los patrones de comportamiento de las inmobiliarias, financiadoras y funcionarios públicos cuyas acciones, muchas veces ilegales, están afectando la vida de miles de personas en la ciudad de México.
Mesa 3. Sociedad Civil
Conclusiones
  1. Convención de Patrimonio Mundial de la UNESCO. El Estado Mexicano tiene en todo momento que honrar los compromisos internacionales a los que se ha comprometido. Respecto al patrimonio UNESCO, el Estado está obligado a avisar sobre cualquier modificación/construcción que afecte dicho patrimonio. El desarrollo BeGrand -ubicado en el cinturón 2 de amortiguamiento de la Declaratoria- violenta así una convención internacional. Esta es razón suficiente y legal por la que puede cancelarse el desarrollo.

  2. Declaratorio de Derechos Humanos. Hacer ley todas las normas que están en tratados internacionales de derechos humanos; los gobiernos están obligados a cumplir dichas normas.

  3. La UNAM, a través de la Rectoría, debe consultar a la UNESCO, y debe tomar una posición ante el problema en coordinación con el INBA, el INAH; tiene la voz y debe manifestarse.

  4. La re-densificación, a través de la construcción vertical de grandes dimensiones, es un paradigma que no cumple sus “objetivos”, y por el contrario deteriora la calidad de vida y violenta los derechos humanos.

  5. Este tipo de desarrollos urbanos masivos, sin organización ni cumplimiento de las normas más básicas, son resultado de una absoluta corrupción en todos los niveles del gobierno. El desconocimiento de la ley no exime de aplicarla y cumplirla.

  6. El problema del agua en la ciudad es totalmente minimizado e ignorado por gobierno y autoridades. El futuro hídrico de la ciudad está comprometido, donde además se está cancelando la única posibilidad de captación, almacenamiento y seguridad hídrica que es el Lago Texcoco con la construcción del nuevo aeropuerto.

  7. El ejemplo de BeGrand (y otros que se describieron como el de Aztecas 215) son casos emblemáticos de corrupción, desprecio hacia la sociedad y los recursos básicos de esta ciudad. Deben servir para plantear soluciones reales, inmediatas y a futuro, para que no se repitan.

  8. En esta mesa se dieron múltiples ejemplos de conflicto de intereses, manifestaciones de impacto ambiental a modo, leyes que no se cumplen, legislación que se modifica una y otra vez, por ejemplo la eliminación de la protección de zonas patrimoniales en vialidades primarias. Se describieron las problemáticas de diversas construcciones inmobiliarias concluidas, en proceso (Aztecas 215) o que inician (BeGrand).

  9. Existe un uso discrecional de normas como los “Polígonos de Actuación”, las “Transferencias de Potencialidad” y los “Sistemas de Actuación por Cooperación”, las cuales evaden la participación ciudadana y la consulta pública en cambios al uso del suelo. Ello da origen a desarrollos con altas concentraciones de población y fuertes impactos al entorno.

Organización del Foro:

El foro se organizó bajo el esquema de mesas redondas temáticas -el jueves 15 de febrero de 2017-, de la siguiente manera: se llevó a cabo una sesión plenaria de apertura por autoridades universitarias en el Teatro “Carlos Lazo” de la Facultad de Arquitectura (8:30 a 9:00), seguido de dos sesiones simultáneas, cada una con dos mesas temáticas consecutivas (9:30 a 12:00 y 12:00 a 14:00), de seis ponentes magistrales cada una -en participaciones de 15 minutos- y una hora para intervención de especialistas y público en general; dichas sesiones se llevaron a cabo en las aulas Mario Pani y Enrique del Moral de la Facultad de Arquitectura y de ellas se desprendió una serie de conclusiones por mesa, que fueron expuestas en una sesión de conclusiones en el Teatro “Carlos Lazo” (14:00 a 15:00). Las sesiones simultáneas abordaron cuatro temáticas, con grupos de invitados para cada una, donde una persona de cada grupo presentó la mesa y coordinó la sesión.

Mesa 2. Desarrollo Urbano Sustentable y Medio Ambiente
Conclusiones
  1. Necesidad urgente de una nueva agenda urbana -para la ciudad y en todo el país-, que considere el desarrollo urbano de manera sostenible, contemplando todos los rubros necesarios para las cargas de servicios urbanos, como agua, vialidad, manejo de residuos, etcétera (ver puntos que siguen). Así, se debe detener la construcción masiva y de alto impacto hasta no contar con dicha agenda.

  2. El paradigma de la re-densificación de la ciudad no implica un desarrollo urbano sostenible; muy por el contrario, incluye todos los problemas e impactos que limitan dicha sostenibilidad. Asimismo, la justificación de que re-densificar evita el crecimiento urbano periférico irregular no se cumple. Por el contrario, lo provoca por partida doble: la población de menos recursos no tienen acceso y continúa realizando un crecimiento en la periferia, mientras que la gran mayoría de los habitantes de zonas donde se lleva a cabo la re-densificación tampoco pueden acceder y son expulsados, convirtiéndose en una política de desarrollo urbano excluyente.

  3. Hay cuatro problemas –los más inmediatos- asociados con este formato de desarrollo urbano masivo y sin organización y que afectan la calidad de vida de toda la población. Las autoridades y el gobierno deben asegurar que no continúen estos impactos, tanto en el presente como a futuro.

    1. La calidad y el abastecimiento de agua. El agua subterránea, de donde se abastece a la ciudad (los acuíferos proveen 70% del agua), están interconectados, no hay límites definibles por lo que debe pensarse en términos regionales (por ejemplo cuando se estima el gasto que generará un desarrollo urbano). Agua y aire son derechos humanos internacionales.

    2. Vialidad. La ciudad está básicamente colapsada en términos de tráfico público y privado. Ello genera contaminación, entre muchos otros impactos, que afectan la calidad de vida de la población.

    3. Áreas verdes. No existe, ni se planea con base en, una proporción adecuada de áreas verdes respecto al área construida/urbanizada. Se requieren áreas verdes –reales- que ayuden a mitigar la contaminación y permitan la captación de agua y recarga de acuíferos.

  4. Deben revisarse las variables de densidad deseables, así como las herramientas normativas que permiten una re-densificación e intensidad de usos de suelo exageradamente altas. Ello debe suceder a través de una constante participación y consultas ciudadanas.

  5. Todos tenemos derecho a la Ciudad, regida por la primacía del valor de uso de vida colectiva, que integra equidad, inclusión, democracia, sustentabilidad y justicia social. Es decir, calidad de vida.

  6. Se requiere la participación coordinada de todos los actores, ciudadanos, gobierno, académicos, autoridades locales y federales, para la definición de esta urgente nueva agenda urbana. Dicha participación debe ser equitativa, democrática y que se lleve a la práctica en todos los casos y situaciones.

  7. La UNAM en sus diferentes campi, y en particular en Ciudad Universitaria, debe integrar, organizar y ejercer las consideraciones aquí descritas, a su interior, para tener asimismo un desarrollo organizado, sostenible, basado en una adecuada normatividad, y que se cumpla.

Mesa 4. C.U. Patrimonio de la Humanidad
Conclusiones
  1. En el caso de la Ciudad Universitaria su valor patrimonial ha sido reconocido a nivel nacional al ser declarada Monumento Artístico de la Nación, e internacionalmente, al ser inscrita a la lista de patrimonio mundial de la UNESCO. Esto último fue aprobado por el Senado de la República y firmada por el entonces presidente Vicente Fox.
  2. Más allá de lo estético y lo visual, los valores y significados que nos definen como sociedad, reflejados en la Ciudad Universitaria –y que hemos otorgado al mundo al ser inscritos en la Lista de Patrimonio mundial de la UNESCO – serán destruidos y sustituidos por los “valores” del capital comercial, del mercado y la corrupción. Los arquitectos de la Ciudad Universitaria buscaron la relación con los significados del paisaje circundante y con la historia de México, ahora este desarrollo inmobiliario pone el valor comercial por encima del humanismo y los valores éticos.
  3. Las autoridades de la Ciudad de México no pueden privilegiar la construcción de edificios banales y anacrónicos, que podrían encontrarse en cualquier ciudad del mundo, sobre la conservación del patrimonio urbano arquitectónico de cualquier lugar de nuestro país, pero especialmente cuando se trata de un patrimonio que muestra los valores de nuestra máxima Casa de Estudios.
  4. El patrimonio de Ciudad Universitaria nos enseña formas lógicas, racionales y éticas de relacionar paisaje, arquitectura y ciudad, a diferencia de los nuevos mega-desarrollos, que ignoran y desprecian esas formas de hacer ciudad y en cambio, se benefician de la cercanía a los valores patrimoniales que la universidad posee.
  5. El patrimonio de Ciudad Universitaria nos enseña cómo nuestra cultura ha interpretado el humanismo y sus valores de libertad, acceso al conocimiento y a la educación, difusión de la cultura y respeto a los demás y a nosotros mismos, a diferencia del edificio en construcción y promoción, que ignora y desprecia, precisamente, esas formas de libertad y de respeto.
  6. Proponemos que la Ciudad Universitaria y la reserva ecológica del Pedregal sean vistas como un modelo diferente de ciudad, que pueda expandirse y sirva para repensar los modelos banales de la ciudad genérica y frenar el desarrollo no sustentable que erosiona nuestros valores culturales.
  7. Con la construcción del edificio de Av. Universidad, corremos el riesgo de que Ciudad Universitaria sea incluida en lista de Patrimonio en riesgo de la UNESCO, como ha sucedido en otros casos, y perder eventualmente nuestra inscripción en la lista de Patrimonio mundial. De esta forma mostraríamos a nosotros mismos –y al resto del mundo– nuestra incapacidad para hacernos responsables de los compromisos adquiridos internacionalmente.